Mediante las recientes iniciativas legislativas números 11703 y 11811, los partidos políticos Perú Libre y Renovación Popular, respectivamente, proponen declarar en “reorganización y emergencia” al Ministerio Público (MP), por el tiempo improrrogable de seis a doce meses. La propuesta incluye la suspensión de los actuales fiscales supremos y la fiscal de la Nación. También pretenden además instaurar procesos disciplinarios contra los fiscales de todo el país. Y, finalmente, proponen encargar a la JNJ la conformación de una Junta Transitoria de Fiscales Supremos.
Estos dos partidos evitan señalar que tienen en sus filas a miembros que forman parte del grupo de 67 congresistas con investigaciones penales por criminalidad organizada, corrupción de funcionarios, contra la libertad sexual y otros delitos.
El argumento central de las iniciativas legislativas es que en los últimos años “diversos informes oficiales han alertado sobre una preocupante degradación institucional dentro del Ministerio Público, marcada por graves hechos de corrupción. La Defensoría del Pueblo, en su Reporte 3 (…), evidenció que entre enero de 2015 y septiembre de 2018 se tuvo conocimiento de 222 procesos disciplinarios y penales contra fiscales”.
Sin embargo, el mismo reporte defensorial determinó que: i) en el año 2015 existían 40 fiscales procesados de un total de 5574 fiscales a nivel nacional, lo que representaba el 0.72 %; en tanto que, ii) en el 2018, 60 fiscales fueron investigados de un total de 6537 fiscales representando el 0.92 %; y que iii) los 222 casos involucran a 201 fiscales; veamos:

Es decir, el número de fiscales procesados están por debajo del 1%, lo que en ningún caso representa una conducta institucional, sino prácticas aisladas. Empero, según reportes periodísticos y fuentes fiscales, a la fecha, de los 130 congresistas, 67 son investigados y/o sentenciados por graves delitos, lo que representa el 51.5%. Este alto índice, sin duda, evidencia una práctica delictual generalizada e institucionalizada en el parlamento nacional.
Propuesta no justificada
Una declaración de emergencia es una medida extraordinaria que solo puede justificarse en situaciones donde la institucionalidad del Estado está gravemente afectada o existe una crisis que impide el normal funcionamiento de las instituciones; es decir, que deben basarse en evidencias sólidas y hechos tangibles que demuestren una crisis estructural o funcional en el MP, como graves problemas de gestión interna, corrupción o ineficiencia en la persecución de delitos. Sin embargo, si la emergencia se justifica de forma vaga, general o, peor aún, con una conveniencia mediática, bien podría interpretarse como una estrategia política para controlar la institución, buscando afectar su independencia.
Por otro lado, la medida de reorganización guarda directa relación con cambios en su organización, competencias y roles de los fiscales. La reorganización puede ser una medida positiva si se hace correctamente, pero debe garantizar que no se afecten principios fundamentales como la autonomía y la independencia. ¿La reorganización planteada tiene como objetivo mejorar la eficiencia en la persecución del crimen, la especialización de los fiscales o mejorar la gestión interna del MP?
Nada de esto se evidencia en los proyectos de ley. Una reorganización sin transparencia o con intenciones no claras podría dar pie a la politización del MP. La estructura reorganizada podría estar orientada a favorecer ciertos intereses políticos, especialmente si se asignan competencias de forma discrecional o si se da mayor poder a fiscales con afinidades políticas. Ninguna reorganización puede realizarse sin la participación activa de los propios actores (los y las fiscales), a ocultas y con la participación de actores con intereses políticos.
La reorganización planteada del MP presenta varios factores de riesgo que deben ser cuidadosamente evaluados y gestionados para evitar consecuencias negativas para su autonomía, eficiencia, transparencia y función pública. Es crucial que cualquier propuesta de reforma se realice en un marco de diálogo institucional, transparencia y respetando los principios constitucionales que garantizan la independencia de la justicia en el país.
No obstante, lo que ocurre desde el Congreso acredita que solo en el Perú los investigados pueden hostigar, obstruir y emitir leyes para afectar al sistema de justicia que los investiga.
* Artículo publicado en simultáneo con Huanca York Times.